Desde el pasado día 15 de marzo, la República de Guinea Ecuatorial ha adoptado una serie de medidas preventivas en el marco de la crisis sanitaria causada a nivel mundial por el COVID-19, estando en vigor el Estado de Alarma Sanitaria desde dicha fecha, con la introducción de restricciones a la movilidad internacional y nacional. A partir del 15 de junio de 2020, las autoridades de la República de Guinea Ecuatorial han anunciado el inicio de la primera de cuatro fases de desescalada progresiva, cuyo mantenimiento o modulación dependerán de la evolución de la pandemia.

En el marco de esta desescalada, se han anunciado, entre otras, las siguientes medidas:

  1. Progresiva reapertura del espacio aéreo interno, que incluye la reanudación de las conexiones aéreas entre Malabo y Bata. Persisten determinadas restricciones a la movilidad dentro del país, y especialmente a la movilidad entre distritos y regiones. Se recuerda que en todo momento podrían reintroducirse nuevas restricciones, en función de la evolución de la pandemia.
  2. Progresiva reapertura de los vuelos internacionales y del transporte marítimo de mercancías y personas.
  3. Los viajeros internacionales a Guinea Ecuatorial deben tener en cuenta las siguientes medidas de prevención dictadas por las Autoridades locales:
    1. Realización de pruebas PCR con al menos 48 horas de antelación al viaje. Caso de no haberse realizado, los viajeros internacionales podrán ser obligados a realizarlas a su llegada a la República de Guinea Ecuatorial, asumiendo el propio viajero los costes económicos de la medida, así como del alojamiento en un hotel mientras se esperan los resultados de la misma.
    2. Toma de temperatura en los puntos de entrada al país (puertos y aeropuertos).
    3. Cuarentena obligatoria de 14 días en sus domicilios o lugares de residencia para todos los viajeros asintomáticos.
    4. Traslado a centros sanitarios y establecimientos preparados por las autoridades de la República de Guinea Ecuatorial para el tratamiento de COVID-19 para aquellos viajeros con síntomas relacionados con el COVID-19.
    5. La realización de pruebas PCR se extiende a las tripulaciones de aviones o barcos mercantes que deseen desembarcar en territorio de la República de Guinea Ecuatorial, asumiendo los correspondientes costos.
    6. Las medidas anteriores se extienden a los miembros de Misiones Diplomáticas y Oficinas de Organismos Internacionales y a sus familiares, que en todo caso deberán comunicar al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de la República de Guinea Ecuatorial con suficiente antelación la fecha y hora de llegada al país, el número de vuelo y la ciudad de procedencia, de cualquier miembro o familiar.
  4. Limitaciones a la expedición de visados de entrada a Guinea Ecuatorial: las misiones diplomáticas y consulares de Guinea Ecuatorial en el exterior no podrán conceder visados de entrada al país, salvo por reciprocidad diplomática.
  5. En caso de sospecha de estar afectado por los síntomas del coronavirus, se debe comunicar a las autoridades sanitarias locales en los números de teléfono especiales habilitados al efecto: (+240) 1111 (Malabo) o al (+240) 1112 (Bata).

Los viajeros internacionales a Guinea Ecuatorial deben tomar en consideración que las medidas anteriormente mencionadas están sujetas a la evolución de la pandemia, por lo que no debe descartarse su prórroga o modulación en cualquier momento, incluyendo la posibilidad de reintroducción de nuevas medidas de prevención por parte de las Autoridades locales. En la situación actual, se desaconsejan los desplazamientos no esenciales a Guinea Ecuatorial.

La evolución en materia de seguridad en Guinea Ecuatorial es constante. Se recomienda viajar con las debidas precauciones e informarse previamente antes de emprender su viaje.

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